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Por fallecimiento del titular de subrogo a su esposa en nov 2003, y la renta se actualiza cada año, si bien su cuantía es poca.
a partir del 1 de enero 2015 puedo rescindir contrato o puedo actualizar
gracias
Coincido con las respuestas anteriores ese contrato se firmo durante la vigencia del llamado Decreto Boyer por lo tanto hay que examinarlo para determinar si esta o no sujeto a la prorrogaforzosa de la LAU1964, en mi blog cuyo enlace le dejo tiene abundante información sobre el particular
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
francisco1953: en principio puede rescindir el contrato, pero para estar seguro sería indispensable verlo.
Buenas noches, Francisco.
Sería necesario analizar su contrato, ya que, por la fecha de firma, ya no debería estar sujeto a prórroga forzosa.
le acompaño una entrada que puede serle de utilidad.
http://blog.desalvador.es/2014/09/10/regimen-renta-antigua/
si lo desea, póngase en contacto con nosotros.