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La cedula la consegui cuando me compre el piso y la guarde en una carpeta pero me mude y no encuentro la dichosa carpeta, he de hacerla de nuevo o puedo pedir una copia?
hola,
mi caso es un poco especial. compre un piso hace años y aún no me ha dado el promotor la cédula. es un atico que estaba ilegal y se supone que pagaron las sanciones oportunas y se legalizo. las obras de reformas las hice y pague yo. el tema es que mi atico es habitable pero los otros dos que tiene el propietario , no. Y me está "chantageando" para que compre todo o no me da la Cédula de habitabilidad. No necesito comprar más. Sino vender este. puedo solicitar un duplicado para poder tener todo en regla?
Muchas gracias
Entrega 1 de 3
Paula28:
Cuidadín, cuidadín.
Usted escribió: >>> lo he hecho por inmobiliaria y me han pedido la cedula para cuando firmemos el contrato<<<, Seguramente la inmobiliaria necesita el número de la cedula porque tiene que hacerlo constar en el contrato de arrendamiento.
Por ello -aunque es mejor si consigue un duplicado de la cedula- le bastaría (de cara al contrato) con el número de la misma.
Hace unas semanas –contestando una pregunta, en otro blog- (allí me circunscribía a Cataluña) colgué el texto que sigue:
>>> La cédula de habitabilidad es necesaria para poder contratar los suministros de la vivienda (agua, luz y gas). Es obligado tener la cedula de habitabilidad para alquilar una vivienda. Y no solo hay que tenerla sino que hay que demostrar, en el contrato de arrendamiento, que efectivamente se tiene la cedula. <<<
Entrega 2 de 3
>>> Prácticamente en todas la Comunidades Autónomas españolas, el arrendador ha de depositar en el organismo que corresponda (según la comunidad autónoma) la fianza y presentar uno de los originales del contrato de arrendamiento de la vivienda. El organismo hace copia del contrato y se la queda, sella el original y lo devuelve al arrendador junto con el recibo de haber recibido la fianza<<<
Por poner un ejemplo, el que mejor conozco, en Cataluña, la orden de 8 de octubre de 1984 estableció la obligatoriedad de tener una cédula de habitabilidad vigente para formalizar los contratos de compra-venta o alquiler de viviendas y los de suministros. Su objetivo es: evitar que puedan entrar -en el mercado inmobiliario de viviendas- aquellas propiedades que no reúnan las condiciones mínimas de habitabilidad.
En Cataluña el trámite descrito ha de hacerse ante el instituto catalán del suelo (incasol). <<<
entrega 3 de 3
>>> Puede presentarse, según el caso, ante la Cámara de la propiedad de la localidad en donde el piso que se alquila, está ubicado.
En el contrato de arrendamiento han de figurar, sin falta, los siguientes datos:
--Numero de la cedula de habitabilidad del piso alquilado y
--La referencia catastral del piso.
Si falta alguno de esos datos es posible que la Cámara admita el deposito de la fianza y que selle el contrato, pero en el, momento en que el incasol reciba de la Cámara el contrato incompleto, reclamara al arrendador, por escrito, el dato o los datos que falten. Si la vivienda es de obra nueva y alguno de los datos todavía no existe, el Incasol lo reclamará hasta que exista y se lo comuniquen. <<<
Por ello, Paula28, usted ha de conseguir y pasárselo a su inmobiliaria, al menos, el número de la cedula de habitabilidad del piso que usted está a punto de alquilar.
Karlangas
27. 05. 2011
Si quieres darles el gusto....puedes pedir una copia en el Ayuntamiento.
Pero ya te digo, que no es necesario para alquilar, sobre todo si tienes contratados los suministros. Pero bueno, le dejas una fotocopia a la inmobiliaria por si alqun posible inquilino no se fia.
Pedro Martinez
Abogado
Gracias Pedro, acabo de releer mi pregunta y no se si me he explicado bien, el piso es mio y voy a alquilarlo ahora en junio, lo he hecho por inmobiliaria y me han pedido la cedula para cuando firmemos el contrato, no se si tengo que pedirla de nuevo o pueden hacerme un duplicado.