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la razon es que retende marchar dos meses al extranjero y despues tiene prevista una operacion quirurgica
Asumiendo que se trata de un arrendamiento de vivienda (y no otras figuras, como un arrendamiento de habitación o un arrendamiento de temporada), su hijo puede resolver el contrato unilateralmente una vez transcurridos los 6 primeros meses de vigencia. No obstante, debe revisar el contrato por si hubiera penalizaciones, que no podrán ser superiores a la parte proporcional de una mensualidad por parte proporcional de anualidad que reste por cumplir (si quedan 6 meses, media mensualidad de renta).
Un saludo,