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He recibido una propuesta de sanción del 15 % de la fianza por parte del IVIMA. El contrato de arrendamiento por el cual me han sancionado ya no está en vigor, venció a mediados de marzo.
La infracción está consumada y aunque el contrato haya finalizado, es sancionable siempre que no haya transcurrido el plazo de prescripción. Debes mirar si está calificada como leve o como grave, porque en función de eso los más o menos largos (tres meses, un año ...).