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Voy a alquilar por primera vez, pido un aval de tres mensualidades, ¿tengo que pedir un aval también?
Lo único que está obligada a pedir es el mes de fianza legal, de lo contrario sería nulo. A partir de ahí usted puede pedir todas las garantias que desee a cada posible inquilino.
El aval no se "tiene" que pedir.
Se "puede" pedir si se considera necesario para asegurarte el cobro de la renta en caso de que el inquilino deje de pagar y no haya de dónde embargarle. (Ni tenga nómina, ni ninguna propiedad...)
En fin que depende de la solvencia de los inquilinos.
Saludos - Papeleos Alquiler
En la exposición de su pregunta, supongo que por error, menciona dos veces la palabra aval y ninguna la palabra fianza. Interpreto que se refiere a que pide 3 mensualidades de fianza.
Según la LAU, si el arrendamiento es de vivienda, sólo se podrá solicitar una mensualidad en concepto de fianza (para responder de desperfectos y suministros pendientes al final del arrendamiento). Las otras dos mensualidades serán en concepto de garantía adicional. La LAU permite solicitar todas las garantías adicionales que se estimen oportunas, y en mi opinión, con los tiempos que corren, dos mensualidades como única garantía ante un impago me resultan escasas. Yo optaría por solicitar además un aval bancario o un avalista solidario con propiedades.