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Si se ha cobrado a un inquilino una renta más baja de la que le corresponde, o éste en realidad es un tercer subrogado, con lo que queda fuera de la ley, ¿si hay cambio de propiedad por herencia, empieza de nuevo a contar la prescripción de 15 años de emision de recibos?
No entiendo bien el concepto "cobrar una renta mas baja que la que corresponde" si se ha puesto al cobro y pagado pacificamente durante un plazo un recibo de alquiler luego no puede rectificarse su importe.
La prescripción en la reclamación de alquileres es de 5 años.
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