Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Tengo un piso alquilado y yo se lo di en perfecto estado todo y cada vez que se le rompe o se estropea algo me llama para que se lo pague pero creo que no tendría que pagarlo yo ya que se lo di todo perfecto, qué debo de hacer
La caldera forma parte de las instalaciones que alquila y la persiana dependerá de como están las otras de la vivienda, si están igualmente deterioradas es achacable a la propiedad y no así al arrendador, los letrados que yo conozco sostienen esto.
vaya, no funciona el enlace del post de JUAN.
Lo pongo aquí de nuevo:
De acuerdo con Arquitopo.
La LAU no especifica (no lleva una listita con todos las averías que pueden ocurrir en un piso y quién paga cada arreglo) pero SÍ dice que las PEQUEÑAS reparaciones por el USO ORDINARIO son por cuenta del INQUILINO. (Y las GRANDES si hubo mal uso)
En mi página, tengo un pequeño cuadro que esquematiza lo que en mi opinión, formada en gran parte en la opinión de letrados de esta web, debiera ser . Busca "reparaciones"
Te dejo también esta joya de respuesta de EL LETRADO Juan.
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/reparaciones/es-legal-arrendador-quiera-inquilino-pague-todas-reparaciones_11553.html
Cuny, depende quien lo mire le dirá algo al respecto, pero yo considero que la caldera forma parte de lo que usted alquila, así como la persiana, no una mesa o lámpara. La persiana es más discutible dependerá cual es el estado general de las demás persianas, pero la caldera forma parte de la instalaciones que usted alquila.
Muchas gracias por la información, yo imaginaba que era así pero como el inquilino me pide k si el calentador que si la persiana claro lo ha estropeado el del uso ya que lleva 2 años alquilándome el piso
Pues muchas gracias por todo
Un saludo
Según la ley, las pequeñas reparaciones debidas al uso cotidiano corresponden al inquilino, y las debidas a un mal uso, también. Al casero corresponden las obras necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad (por ejemplo, rotura de un bajante) siempre que el daño no lo haya provocado el inquilino por mal uso.
En todo caso, el inquilino tiene que devolverle la vivienda en las mismas condiciones en que se le entregó. para esoe stá la fianza y, además, la posibilidad de pedirle que se haga cargo de reparaciones adicionales paraa las que no sea suficiente la fianza.