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JOSE PEREZ perera

inquilino/a

Gastos comunes.

Siendo inquilino, me obligan a pagar unos gastos comunes como: luz escalera, hidros, etc.

estamos los inquilinos obligados a pagar dichos gastos o realmente los debe pagar el propietario del edificio?

gracias

jpp 

  • Preguntado por: JOSE PEREZ perera
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Alvaro_Iruñaa ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Efectivamente como ha señalado Alvaro para poder exigir esos gastos es preciso que en el contrato conste que son a cargo del inquilino y ademas se cuantifique su importe anual, si no se cumplen esos dos requisitos no pueden exigirle ningún pago distinto del alquiler.

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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Alvaro_Iruñaa

    profesional

    Para que pueda hacerlo, tiene que estar expresamente previsto en el contrato, con indicación del importe anual de los gastos de comunidad.  ¿Es así?

    Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales.

    1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.

    Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.

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