Hay que redactar un finiquito de contrato que incluso se puede hacer en el propio contrato que se va a a dejar terminado. No hay que entregarlo en ningún sitio salvo en la oficina autonómica correspondiente para recuperar la fianza.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.