Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hola,
Tengo unas plazas de garaje alquiladas y el chico no me paga. Le he dicho que tiene que irse y él no quiere. He cerrado la cuenta para que se de cuenta de que no quiero que siga. ¿Cómo termino el contrato si él no quiere? ¿Hay alguna forma de que no haya que ir por vía judicial?
Gracias.
Por la fuerza sería si tuviera que quitar el coche del otro individuo, pero no en el caso de que ocupase la plaza una vez estuviera desocupada.
Por la fuerza sería si cambiase el código estando el coche dentro del parking, impidiendo al ex-arrendatario acceder a una propiedad suya, pero no si el coche está fuera del parking.
Es más, me hablas de arrendamientos de inmuebles, cuando un parking, si no va ligado al arrendamiento de la vivienda, se rige por las normas comunes del codigo civil, no por la LAU.
Lo que no se puede, en ningún caso, es mover el vehículo sin una orden judicial, pero si el vehículo no está en la plaza, en caso de ocuparla fuera del terminio del arrendamiento, no hay nada denunciable, al menos penalmente. Y dudo que civilmente ganase cualquier juicio que pudiera alguien plantear
Espero que no te tomes este intercambio de mensajes como algo agresivo o parecido, pues para mi es un diálogo e intercambio de opiniones donde seguro que termino aprendiendo algo nuevo. Por motivos que no vienen al caso, el alquiler de plazas de parking es algo que conozco un poco, no tanto a nivel particular como sí a nivel de negocio, y una de las actuaciones que se hacían, en los casos de impago, eran no volver a dejar entrar el vehículo, una vez terminado el arriendo, si éste salía del parking
Hola Crazyh:
El hecho de que el contrato haya expirado no da derecho al arrendador a ocupar por la fuerza el bien objeto de arrendamiento. Para ello está la acción civil de desahucio por expiración del término, aplicable a todos los arrendamientos de inmuebles.
Reciba un cordial saludo
No hay ninguna coacción por impedir el uso de una instalación que no es suya. Otra cosa es que hubiera contrato, pero una vez finalizado no hay motivo para la coacción.
Le costará tramitar la denuncia en la comisaría, pues no la van a encuadrar, y una vez realizada (si se llega a realizar) dudo mucho que el juez instructor la instruya.
Hola Crazyh,
El primer supuesto es complicado que pueda encuadrarse en algún tipo penal, aunque se podría intentar por usurpación. Sin embargo el segundo es incardinable en el delito o falta de coacciones.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
¿En qué categoría denunciarías el que alguien ponga en su plaza de parking un coche?
¿En qué categoría, una vez finalizado el contrato, denunciarías el cambio del código del mando?
Hola Crazyh,
Efectivamente no es denunciable requerir al arrendatario para que desaloje la plaza una vez comunicada la voluntad de no renovar el contrato. Sin embargo, lo que sí es denunciable penalmente es cambiar el código de apertura de las puertas para que no le funcione el mando o colocar un dispositivo en su plaza que evite que se pueda aparcar en ella sin llave o aparcar un vehículo en la plaza para que no pueda usarla hasta que se canse.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Si tu contrato con él es de un parking, si no habéis pactado una duración, se renueva mes a mes; así que en cada mensualidad podrías dar por finalizado el contrato, comunicándoselo fehacientemente.
Es obvio que quieres que se vaya, pero no veo yo que eso sea denunciable una vez tú ya has comunicado que das por finalizado el contrato y que además te adeuda mensualidades.
Me parece que prohibirle que entre no es un buen consejo. El chico en cuestión dice que pretende denunciarme por querer que se vaya.
Hola nando,
Para evitarse problemas futuros -coacción, daños,etc.- la mejor opción es acudir a la vía juidicial. Demanda de resolución de contrato por expiración del término.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Puede aparcar un vehículo en la plaza para que no pueda usarla hasta que se canse.
Pero vamos, que difícil lo veo, el no llegar a juicio.
Pues no se me ocurre nada más que impedir que entre.
Igual es una barbaridad, pero ¿y cambiar el código de apertura de las puertas para que no le funcione el mando?
O colocar un dispositivo en su plaza que evite que se pueda aparcar en ella sin llave. Una especie de barra metálica que se queda sobre el suelo si tienes la llave, y, si no la tienes, está vertical impidiendo el acceso.
¿Alguna otra sugerencia?