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Cuando le comunico por escrito que dejo la vivienda el arrendador me contesta también por escrito que habra una penalización de una mensualidad por año hasta los 5 años.
yo he decidico irme porque habia una gotera en el portal de abajo y en el local, mi viviendaera el primero, me levantaron el pasilo, y no vivieron nada, y ahora pretendian habriar una columna del salón y otra de la habitación de mi hija, haber si por ahí está la averia porque no saben donde se halla la averia. Pregunta Pueden cobrarme una mensualidad por año que falta hasta completar los cinco, en el contrato no se ha pactado nada, no consta nada
Hola Charo:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y por ello le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrenmientos urbanos. El/ella le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
reciba un cordial saludo.
Debería distinguir dos cuestiones:
a) Su obligación de cumplir el tiempo pactado en contrato o en otro caso indemnizar a su casero.
b) La obligación de su casero de mantenerla en el pleno uso de la viivenda arrendada.
Lo que no puede hacer es mezclar ambas cosas y decidir vd marcharse.
Si efectivamente existen deficiencias graves deberá reclamar su reparación, sabiendo que si se ve obligado a acudir al Juzgado está obligada a demostrar que la reparación corresponde al casero y certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/2012/03/reparaciones-necesarias-en-alquiler-de.html puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).