La renta ha de ser la pactada, y la misma se puede actualizar (pues así suele estar pactado en los contratos), según el IPC de cada año. Por lo que la renta original, a partir del primer año, será elevada (o reducida, según el IPC).
Pero normalmente en el contrato, además de la renta se establece que el inquilino atienda los gastos de comunidad, además de sus suministros de luz, gas, agua, etc. que en el caso de pagarlos el propietario, los repercute en el recibo de renta.
En su caso debería llevar el contrato y los recibos a un abogado experto, para que compruebe si es correcto lo que le cobran.
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