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Firme un contrato de alquiler de vivienda por 11 meses renovables, que dice el motivo de la estancia es temporal y con esta clausula: el tiempo de duracion, por ambas partes pactan que mediante notificacion de un mes anterior del arrendador dandolo por resuelto, tactica precondicion por los plazos a que se refiere el articulo 1581 del codigo civil( esto es pagandose la renta mensualmente, la prorroga del contrato sera otros once meses sucesivos hasta tanto una de las partes comunique su decision darlo por resuelto.
Y para colmo de males, al verlo he visto que no esta firmado por el propietario, lo firme en unas condiciones mentales malas y ni me di cuenta.
Hace unos dias me llamo la agente inmobiliaria para decirme si estaba interesado en comprarlo porque el propietario lo queria vender. He cumplido con todos los pagos tanto de luz, agua, alquiler piso siempre puntualmente
Mi pregunta es : me pueden echar del piso a los once meses, tengo un trastero lleno y muebles mios
Gracias
El que ha redactado ese contrato deja mucho que desear en cuanto a competencia profesional, la cláusula que transcribe es un monumento a la incompetencia, si esta pagando con puntualidad y tiene recibos de ello puede continuar en esa vivienda tres años sin necesidad de firmar nada, considero que su contrato es posterior a 6/6/2013, porque si fuera anterior tendría derecho a seis años.
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