Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Como ley dice que la fianza es de una mensualidad quisiera que me aclarasen este punto.
La fianza a depositar es la legal. Las garantías adicionales que puedan pactar las partes no tiene obligación de depositarlas.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Se interpreta que es una mensualidad como mínimo. A partir de ahí si se acuerda entre las partes dos mensualidades de fianza, si consta en el contrato, se tendrán que entregar las dos.
También puede constar una sola en el contrato y depositarla en el IVIMA y la otra en documento anexo al contrato aparte, quedandosela el propietario hasta la finalización del mismo.