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Jose Presto

casero/a

Existe alguna cláusula real que exima de responsabilidad al casero en caso de corte de suministros por impagos del inquilino?

He estado leyendo muchos foros y en todos los casos se desaconseja cortar los suministros al inquilino cuando no pagan los recibos ya que te pueden denunciar. Las empresas electricas ya no quieren poner los contratos a nombre de inquilinos sino de los propietarios para evitar problemas. ¿Existe alguna clausula que se pueda poner en el contrato de arrendamiento que sea valida legalmente ante un juez y que nos exima de cualquier responsabilidad en caso de corte de suministros por impago de los mismos? Si pongo una clausula diciendo expresamente que el inquilino se hace responsable de pagar sus recibos y tambien en caso de corte de algun suministro por falta de pago, ¿Será valida ante un juez o tambien seré yo responsable? ¿Como tendria que redactar dicha clausula para que fuera lo más legal posible y no fuera considerada abusiva?

Gracias y saludos 

 

  • Preguntado por: Jose Presto
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Jose Presto

    casero/a

    Aquí, en Las Palmas, la empresa no me deja domiciliar ningún recibo a no ser que la cuenta coincida con la del titular del contrato. Y no me dejan cambiar de titular si no coinciden con el propietario que figura en las escrituras. No se si eso solo pasa aquí, lo único que he podido hacer es cambiar el domicilio para que le llegue al inquilino y no domiciliarlo para que se pague en ventanilla, pero siempre a mi nombre. Por eso preguntaba cómo lo puedo poner en el contrato para no tener que pagar yo los recibos y evitar responsabilidades cuando me toque un moroso y le corten suministros por falta de pago.

     

    Gracias y saludos

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Si te ponen pegas, lo domicilias en una cuenta bancaria del inquilino, y si no lo paga, le cortarán los suministros, y tu no tendrás responsabilidad ninguna, debes tener en cuenta, que en el caso de deuda, esta es del titular, por lo tanto el impago luego te lo reclamarían a ti como titular, por eso siempre es mejor la opción de cambiar el titular del contrato.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Yo tengo inquilinos con los suministros a su nombre.  no sé cuáles son esas pegas de las que hablas.

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