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¿Esta el inquilino obligado al final de su contrato a facilitar el acceso a la vivienda para poder mostrarla a nuevos interesados? En el contrato quedo reflejado:
" El arrendatario se obliga a permitir el acceso a la vivienda, en horario razonable y previo consentimiento del arrendatario, al propietario, los técnicos o expertos designados por el arrendador, para la inspección del estado de conservación de la vivienda, o la comprobación y/o realización de cualquier clase de obras o reparaciones que afecten al mismo."
Pero no se menciona la posibilidad mencionada al principio.
Muchas gracias
Efectivamente, auqnue se incluya dicha cláusula, nunca se podrá obligar al inquilino a franquear la entrada de nadie contra su voluntad. La cuestión estribará siempre en mantener buenas relaciones entre propietario e inquilino. Como propietario te aconsejo la máxima exquisitez en el respeto a la privacidad del inquilino, planteándolo siempre como un favor a su entera voluntad cuando te surja la necesidad de mostrar la vivienda a futuros inquilinos.
Esa clausula es nula en cuanto invade o puede invadir la intimidad del inquilino.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Gracias Domus.
¿Entonces es legal incluir una clausula en el contrato de arrendamiento donde se concrete este punto?
Nuevamente muchas gracias
Al no estar reflejada esa concreta finalidad, el inquilino no está obligado a facilitar la entrada de posibles interesados en el futuro alquiler, de manera que solo cabe pedírselo como favor.