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Soy propietario de una vivienda que quiero alquilar. Mis planes, a dos años vista, son comprar una nueva vivienda para mí mismo, en ese momento necesitaré vender la que me propongo alquilar. Mi duda es si en ese momento me veré imposibilitado para realizar la venta ya que la ley le otorga al inquilino el derecho a prórroga hasta 5 años. Sé que la necesidad de ocupación es causa justificada, pero este caso es algo distinto, ya que la necesidad es disponer del dinero resultante de la venta para la adquisición de vivienda.
El arrendador tiene pleno derecho a vender su piso alquilado pero debe respetar el derecho del inquilino de adquisición preferente (Tanteo y retracto)
En mi blog http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si quiere ampliar la consulta.
La venta de la vivienda no es causa para resolver el contrato, pues el adquierente se subroga en tu posicion y el arrendamiento sigue vigente. Otra cosa es que llegado el momento acuerdes con el inquilino una indemnizacion a cambio de que, de mutuo acuerdo, deis por finalizado el contrato, salvo que al coprador le interese que ya este alquilada por no necesitar la vivienda para uso propio.
Pedro Martinez
Abogado