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Creo que de esta forma, si necesitase la casa para vivienda propia, podría disponerla antes de tener que esperar a que concluya el año prorrogado, no?
Jan, no mejoraría la ley a favor del inquilino el poder "cancelar" el contrato en menor tiempo a un año?
Hola malarky:
coincido con la respuesta de la Sra Amparo, pues veo muy dudosa la legalidad de la cláusula que cita.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Esta cláusula sería válida, pues beneficia al inquilino, permitiéndole terminar el contrato en cualquier mensualidad, trimestre o semestre, pero hasta el 5º año el único que decide sobre las prórrogas es el inquilino, con lo que usted ni pinta ni corta
No hay trucos que valgan.
todo lo que vaya contra la ley en perjuicio del inquilino. Es nulo.
ponga la cláusula de necesidad (incluyendo el motivo por el que podría tener lugar esa necesidad) y respétela. Si cree que no va a poder, alquile por temporada a alguien que necesite el piso por temporadas, como por ejemplo estudiantes.
saludos - Papeleos Alquiler