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"Serán de cuenta del arrendatario todos los tributos estatales, provinciales, municipales o del ente autonómico, que graven la vivienda arrendada, que se puedan crear, así como el incremento que se produzca en los que ya existen"
¿Qué os parece?
eso eso.. es dudosa.. dile que la exprese con mas detalle por escrito y si no te gusta.. pues no firmes y busca otro piso...
Coincido con Jan Abogado, la cláusula es válida, pero un poco ambigua en cuanto a su interpretación. Parece redactada en favor del arrendador.
Hola Fibeas:
En principio la cláusula, como tal, es válida. El problema viene a la hora de interpretar la misma.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es