Para dar la ayuda está usted muy claro que no se mide solo a una persona. Hay que declarar quienes convivirán en el inmueble destino del alquiler especial para ayuda.
Otra cosa es si producto de la separación como pareja ella decide quedarse en el local y entonces se debería producir un cámbio de titular y entonces acceder a la ayuda.
Lo que usted no debe es permitir que convivan personas ajenas con la nueva titular y no declarados por ella.
Pero esto es un tema algo delicado para tratarlo por acá.
En mi blog hay algo sobre ayudas en Madrid y Canarias.
un saludo.
http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/