Si solo se estableció precio de alquiler, lo pagado es alquiler y por tanto no debe devolverse nada.
Si se pactó un precio además del alquiler, por tener derecho a la opción, en cualquier caso es precio por tener derecho a optar, es decir por tener "reservado" durante el tiempo establecido el piso o local, por lo que tampoco se tiene que devolver nada, pues es el pago a lo que el propietario ha realizado.
De todas formas la opción de compra es un contrato complejo, por lo que debe dejarselo a un abogado experto en la materia, para que le oriente correctamente, teniendo toda la información.
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