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Lauralopez

casero/a

¿Cuando tienes un aval, lo ejecutas o esperas a que ellos te paguen?
En mi caso el inquilino tenía 2 meses para avisarme de que se iba, pero lo hizo con una semana de antelación. En el contrato especifica que la fianza no es para el pago de rentas, pero claro la fianza no da para compensarme económicamente por el tiempo que resta hasta los dos meses. ¿Qué hago con respecto al aval?
  • Preguntado por: Lauralopez
  • Hace 16 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si se trata de un aval bancario reclamar al banco lo adeudado hasta donde cubra esa garantía.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 16 años
  • Antonio Postigo

    profesional

    Si el inquilino no atiende voluntariamente sus obligaciones de pago por el tiempo que resta del alquiler puedes ejecutar el aval por el importe que te adeude en concepto de rentas (realmente en el concepto que garantice el aval).

    No deberías devolver el aval y confiar luego en el cobro. Primero cobrar y luego devolver las garantías.

    Un saludo.
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