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A su hijo lo desaucian y seve que quiere volver aqui solo llevo dos meses tengo un contrato de un ano
El problema es que además de desahuciarle por impago de rentas le pueden "echar" por
No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto
Art 9.3 LAU
Si no paga el alquiler en todo su importe el casero puede instar el desahucio, podrá pagar en el Juzgado pero con tasas y demás costas, no se lo recomiendo.
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