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Tengo alquiada la vivienda de 1 año y 6 mese.El dueño ha divorciado de su mujer, tiene que marcharse del piso que compartian y quiere volver al donde yo vivo. Deberia indemnizarme por obligarme a marcharme antes de que cumpla el contrato?El contrato se renovo verbalmente despues de un año.
Hola Nicolas:
Si su contrato es de fecha anterior al 6-6-2013 le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
si su contrato es de fecha posterio al 6-6-2013 le sugiero la lectura del siguiente enlace:
reciba un cordial saludo.
Coincido con mi compañero Pedro, lea atentamente el contrato y si allí no figura prevista la posibilidad de que el casero necesite la vivienda, si quiere que se marche está vd en su perfecto derecho a exigir la indemnización que le parezca conveniente o a permanecer en la vivienda hasta cumplir cinco años.
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Tiene tu contrato ñactada esa clausula? Si no es asi no tienes por que abandonar la vivienda hasta que cumplas un minimo de 5 años.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es