El obligado a retener e ingresar en Hacienda es el que paga la renta, el arrendatario, no el que la cobra, que lo único que tiene que hacer es incluir la retención en cada factura que presente al arrendatario en concepto de renta.
Suponiendo una renta de 1000, cada factura numerada que presente el arrendador al arrendatario tiene que incluir el incremento de 160 de IVA y la retención de 180 de IRPF, con lo que la cantidad a pagar será de 980. El arrendador declara e ingresa en Hacienda el IVA y el arrendatario declara e ingresa lo retenido por IRPF, que Hacienda le devolverá si tiene derecho a devolución, aunque el arrendatario no lo hubiera ingresado.
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