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Tengo una duda. Si este año compro una vivienda al contado (no hay hipoteca), e inmediatamente la alquilo, ¿puedo deducir de alguna manera el coste de compra de la vivienda? y si es así … ¿durante cuánto tiempo y qué cantidad?
Muchas gracias
El coste de adquisición se deduce mediante la figura de amortización cada año, que no puede referirse al valor del suelo, que no es amortizable.
para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,21eur. /min. Desde fijo; 1,57eur. /min. Desde Móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Puedes desgravarte todos los gastos que te genere dicha vivienda para poder alquilarla, muebles, reformas, altas de suministros, gestiones de intermediarios del arrendamiento, comunidad, etc.... siempre y cuando lo puedas demostrar.
El coste de la vivienda supongo que para poder desgravartelo deberías crear una empresa, cuya actiuvidad sea la compra de viviendas para alquilarlas.