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Voy a enviar un requerimiento de pago, pero no sé si tengo que enviarlo a la dirección de la vivienda en alquiler o a la dirección que figura en el contrato de alquiler que es diferente a la del alquiler.
¿Me podéis decir si vale como muestra del impago si no recoge el burofax?
Muchas gracias
Puede enviar el requerimiento al propio domicilio objeto del arrendamiento.
Si el inquilino no recoge el burofax, se le tendrá por notificado a todos los efectos. Ello le servirá para evitar que enerve posteriormente la demanda de desahucio, pero no como prueba del impago en sí, siendo ésta los propios recibos impagados o la ausencia de ingreso o transferencia bancaria.