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Mi caso es de lo más extraño. Al finalizar el contrato lo resolvimos con un documento donde ponía claramente no sólo que se hacía entrega de las llaves y que el piso estaba en perfectas condiciones sino las cuantías que me tendría que devolver la dueña descontando ya los recibos. Todo bien indicado en el papel...
El caso es que hay pasado ya más de un mes y ni coge teléfono, tan sólo aparece el DNI y su nombre completo en el documento (se negó a darme su dirección postal y no supe por qué). Cómo notifico entonces??? denuncia al canto??? Podré reclamarle daños y perjuicios??
Digo yo, si pone en el contrato que "a efectos de notificaciones y reclamaciones se considera el piso objeto de arrendamiento", tendrá que ser ahí, no?... a ver si voy a tener que poner una orden de busca y captura, jeje... si los papeles llegan allí y no se da por enterado porque lo tenga alquilado a otro, mi problema creo que no es... ¿qué pensáis?
Busca un abogado especializado en alquileres, de tu zona y demándale sin más. Con el nº del DNI el te buscará su dirección y pídele las costas del juicio+interes legales de demora
Para que prospere el procedimiento monitorio es imprescindible que se le pueda notificar al demandado, y que éste resida en el partido judicial donde se le reclama. Si no sabes donde vive, pero estás seguro que vive en una ciudad determinada, puedes ponerle ahí la demanda, indicar el domicilio del alquiler como domicilio para notificaciones, y si no se le encuentra el Juzgado averiguará el domicilio en sus bases de datos.
Si no estás seguro de dónde vive, es mejor un procedimiento ordinario, para el cual si la reclamación es de menos de 2000 euros no es necesario abogado y procurador (aunque si recomendable para saber cómo pedir cosas al Juzgado, etc.) Además, si el se niega a pagar, tarde o temprano vas a necesitar asistencia de abogado para embargar cuentas, etc. y así cobrarte la deuda.
El contrato finalizó. Se firmó el último día del contrato.
Por cierto, en el contrato de alquiler ponía una cláusula que viene a decir que "a efectos de notificaciones y/o reclamaciones se considera el domicilio objeto de arrendamiento"...
¿Es ahí entonces donde debería mandar la reclamación?
Por lo que dices, en ese contrato que firmasteis pone la cantidad que te debe devolver, lo que constituye un reconocimiento de deuda por parte de su ex-casera. Puede poner un juicio monitorio sin abogado ni procurador, pero si la casera se opone o no paga necesitará un abogado para embargar bienes y cobrarse la deuda.
Puede presentar la demanda aunque desconozca el domicilio del dueño, pues el juzgado puede localizarle, pero será más lento. Si la deuda es inferior a 2.000 euros no necesita abogado ni procurador, pero le recomiendo que acuda a un abogado para hacerlo correctamente.
www.asistencialegal.net
Le conviene saber que Denunciar en su acepción jurídica más usada es poner de manifiesto ante la autoridad hechos que se consideren delito o falta. También significa romper unilateralmente un contrato o pacto. Lo que no significa aunque así se use en el lenguaje vulgar coloquial es poner una demanda y en este caso lo procedente es poner una demanda para lo cual es inexcusable manifestar al Juzgado el domicilio donde debe sr demandado su excasero.
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