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Arrendador presenta demanda por impago de rentas , una vez devueltas las llaves, ¿cabe su compensación con la fianza arrendaticia?
Partimos del supuesto de que no existe ningún documento (como exponía Amparo BB) en el que el propietario niegue la existencia de cantidades impagadas porque, de ser así, su reclamación tendría pocas probabilidades de éxito. Al no existir tal documento, puede reclamar la rentas debidas aún después de recibir las llaves puesto que la recepción de llaves no extingue el derecho de reclamación de la deuda.
En otro sentido, la fianza puede compensar las cantidades reclamadas, pero para ello ha de ser suficiente. En caso de que no fuese así, podría el propietario reclamarlas judicialmente y usted debería pagar si resultase demostrada la existencia de la deuda.
Para más información:
A&R ESTUDIO JURÍDICO
arestudio@hispavista.com
Una pregunta que no sé si varía en algo la respuesta.
En el momento de devolver las llaves, el arrendador no sabe que le deben rentas? porque una cosa son los recibos de consumo que te vienen después, y otra cosa las rentas. En el documento de fin de contrato y entrega de llaves no lo hace constar?
porque me parece muy raro que recoja las llaves sin hacer constar en ningún documento que queda pendiente el pago de esas rentas. Si no lo hahecho constar, no sé hasta qué punto puede después reclamarlas (es una pregunta, lo desconozco, pero me parece raro).
Podría acordarse su compensación siempre que:
- La vivienda no tenga desperfectos que deban ser reparados con el importe o parte del importe de la fianza.
- Estén liquidados los últimos recibos de servicios y suministros de la vivienda.
- La fianza que quede para devolver sea del mismo importe que las rentas impagadas.
Saludos - Papeleos Alquiler