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De cuánto tiempo dispongo desde que me notifican la orden de embargo.
Hola dragon:
sin perjucio de la acertada respuesta de mi compañero Phomo, si se refiere al embargo de la vivienda le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/El-embargo-de-la-vivienda-alquilada.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
1. - la fianza es un depósito, que debía estar en poder del Organismo público correspondiente, no es de su libre disposición.
2. - Una orden de embargo no implica obligación de desalojar la vivienda.
en http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ Estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.