Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Marta Fernandez.

casero/a

Devolución fianza cuando hay impago de alquiler

Agradezco de antemano la atención y os felicito por el blog.

Tengo un local comercial alquilado por un año, prorrogable hasta máximo de 5. Recibí 2 meses de fianza.  El inquilino dice que el negocio no le va bien y quiere dejarlo a los 5 meses de alquiler, diciendome lo quiere dejar a final de este mes, antes de cumplir el año y ya me debe un mes de alquiler.

Pregunta, de los dos meses de fianza podría cobrarme el mes impagado de renta ?....    El otro mes de fianza, podría quedarmelo en concepto de indemnización por cancelación anticipada del Contrato por el Inquilino ?

Si el inquilino no acepta mi propuesta, doy por hecho que el alquiler sigue hasta que sea resuelto por via judicial ?

No se como actuar, por favor, echarme un cable pues no se por donde tomar este penoso asunto. Contestar, por favor.

Gracias.  Saludos. Marta.

  • Preguntado por: Marta Fernandez.
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
Eduardo Llarena ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tal como está las cosas debiera averiguar si puede la verdadera solvencia de sus arrendatarios e iniciar cuanto antes el desahucio, respecto a la enervación me permito copiarle una respuesta mía en un caso similar:

    Independientemente de la eficacia notificadora del burofax, en este caso y similares hay que considerar si merece la pena añadir mas tiempo al que va a tardar el Juzgado en tramitar el desahucio, si se considera que el inqulino puede enervar y enerva,  habrá cobrado 3.000 euros y las costas del procedimiento y tendrá la puerta abierta a desahuciar a la próxima vez que el inquilino deje de pagar, sin preocuparse por burofax.

    Si quiere ampliar la consulta puede hacerlo  directamente por teléfono:  807 520 008 (1,18 €/min. Desde fijo; 1,53 €/min. Desde móvil) http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Marta Fernandez.

    casero/a

    Gracias por la información Eduardo.

    Creo quizas que pondré burofax instando el pago y haciendo alusion a lo de la no enervación pidiendo el desahucio caso que no pague en 30 dias puesto que oficialmente no me ha notificado lo de dejar el alquiler.

    Me gustaria leer comentarios al respecto a ver que os parece.

    Gracias. Marta.

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Tiene derecho a cobrar la mensualidad impagada y a una indemnización por incumplimiento, que se compensarían con los dos meses de la fianza. Incluso la indemnización por un solo mes parece escasa.

    De todas formas trate de negociar antes de acudir a un juicio; valore la solvencia del arrendatario, puesto que si no le paga durante meses y luego no puede cobrar quizás el perjuicio sea mayor.

    Suerte.

    www.asistencialegal.net

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas