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Si los tiradores de un mueble de mala calidad del baño han perdido una capa de pintura plateada, que ha ido saltando con el tiempo y dado un uso normal de dicho mueble. ¿puede el propiertario descontarme algo de la fianza, si no ha sido culpa mia que esto ocurriera, ya que esto ha sucedido dada la mala calidad del propio mueble? ¿En qué plazo deben devolverme la fianza?
Lo que ocurre es que el mueble es de mala calidad y los tiradores no están atornillados, no me importaría sustituir los tiradores (que me supondría como mucho 10€), pero están como pegados o incrustados y me reclama un mueble nuevo. ¿puede hacerlo si el resto del mueble no ha sufrido ningún desperfecto?
Va a cumplir un mes que dejé el piso y no me había dicho nada, hasta ahora, aunque yo le había solicitado la devolución de la fianza ¿Cuáles son los intereses de demora?¿Cuál es el plazo máximo para devolver una fianza?
Sin entrar a valorar los hechos, le respondo a las cuestiones "objetivas":
- La fianza debe devolverse en el momento de entrega de llaves, SIEMPRE QUE SE HAYA FIRMADO UN ACUERDO DE EXTINCIÓN sin defectos u obligaciones pendientes.
- En caso de que no se haya firmado, el límite legal para poner de manifiesto defectos u obligaciones pendientes es muy amplio, ya que estaríamos hablando del plazo general de prescripción de las acciones (aunque ello generaría un obvio problema de prueba).
- No hay un plazo legal para la devolución de la fianza, pero comienza a devengar intereses (interés legal al 4%) desde transcurrido un mes desde el momento de la entrega de llaves.
- En todo caso, el arrendador debe justificar con las correspondientes facturas el importe de la fianza que vaya a retener, devolviendo el sobrante (o exigiendo lo que falte).