Jose me permito completar la respuesta de Piscis, no veo cómo la puerta de un frigorífico se puede romper "por vencerse sola", ahora bien si vd lo demuestra, podrá reclamar al casero la sustitución de ese frigorífico, y la indemnización de 50 euros por pérdida de alimentos.
Lo que está claro es que por ese motivo no puede desistir del contrato, sin riesgo de tener que indemnizar al dueño por desistimiento anticipado, los meses que falten para cumplir seis o los que tarde en alquilar de nuevo.
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