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La subida anual del precio del alquiler está estipulado como el incremento del precio de acuerdo al IPC, pero para cuando se alquila en concreto una viienda que fue reformada para clínica dental y que ahora se quiere alquilar, con las instalaciones (sin equipo), ¿se podría alquilar a un precio y subirlo por encima de este índice al cabo de seis meses o un año?
Hola silvia:
coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Tratándose como señala de un alquiler No de vivienda, existe amplia libertad de pactos para acordar el sistema de actualización de alquileres.
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)