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Buenos días,
Voy a alquilar mi piso este mes de julio, contrato de 1 año prorrogable a 3 como marca la ley. Mi pregunta es la siguiente, hasta ahora me desgravaba la hipoteca en la declaración de la renta, ya que es mi vivienda habitual y la compré en 2006. Cuando el inquilino finalice el contrato, podré volver a empadronarme en el piso y volver a desgravarme la hipoteca? O una vez lo has alquilado y te has desempadronado ya no puedes recuperar esa desgravación?
Por otra parte, sabeis que cantidad le pueden devolver al inquilino por declarar 6 meses de alquiler de este 2014? Tengo entendido que en Catalunya a los inquilinos mayores de 32 años y con ingresos superiores al salario mínimo no les devuelven nada... Y a los propietarios? recibimos alguna desgravación? Y por último, es necesario desempadronarme de mi vivienda mientras dure el contrato o puedo mantener como mínimo mi domicilio fiscal en esa vivienda?
Gracias, saludos.
María dice que va a hacer una pregunta y hace una bateria completa vamos a contestar:
1 y 2 La posibilidad de deducir Vd. dentro de cuatromaños dependerá del sesgo que tome la economía española.
3. Al inquilino por ser inquilino no le devuelven nada,,se acoge si puede a las deducciones por alquiler ydependiendo de sus ingresos ya retenciones le devolverán o no.
4. Vd. Si se trata de la vivienda habitual del inquilino podrá acogerse a la reduccion del 60 o 100%.
5 es convenientes para evitarproblemas que esté empadronada en dondevrealmentenviva
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