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paula L

casero/a

¿Desgravación alquiler y seguro de impago?

Soy propietaria de un piso y lo quiero alquilar. En caso que el inquilino quiera desgravarse el alquilar, yo tembién lo tendría que hacer? y entiendo entonces que perdería la desgravación por vivienda de uso habitural.

Me podría indicar condiciones y pasos para desgravar alquiler para el inquilino y para el casero?

 

Otra consulta. Me dice el inquilino que legalmente sólo puedo solicitar 1 mensualidad como fianza, es así? Me gustaría contratar un seguro de impago, que cubre? quien tiene que abonarlo?

muchas gracias

paula

  • Preguntado por: paula L
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Karlangas ha sido elegida Mejor Respuesta
  • cocinero

    inquilino/a

    Solo puede solicitar 1 mensualidad de fianza si es para vivienda y 2 si es distinto de vivienda.

    Puede además exigir otras garantias, varias mensualidades en efectivo, aval bancario, seguro impago,...etc. saludo,

    • Respondido por: cocinero
    • Hace 13 años
  • Karlangas

    inquilino/a

    Parte 1 de 2

    Paula, como arrendador, nos escribe: --Me gustaría contratar un seguro de impago, ¿que cubre? ¿Quien tiene que abonarlo? – Vamos por partes:

    Me gustaría contratar un seguro de impago

    Que un arrendador contrate un seguro de alquiler, me parece una forma muy eficaz de cubrirse ante el posible futuro impago de la renta.

    Para este tipo de seguro deberán cumplirse y en su lógico orden cronológico, varias etapas sucesivas. Las voy a resumir mucho apuntando que el contrato de alquiler, con un determinado arrendatario, no debe firmarse hasta después de tener la certeza de que la aseguradora cubrirá con su seguro de alquiler, ese contrato de arrendamiento tras ser formalizado con las firmas correspondientes.

    Si alguien necesita conocer, más en detalle, las etapas sucesivas, las colgaré a petición.

    Sigue en 2.

  • Karlangas

    inquilino/a

    Parte 2 de 2

    ¿que cubre?

    Habitualmente cubre:

    --Impago de alquileres: con Cobertura de 12 meses con franquicia de 1 mes ó con Cobertura de 12 meses con franquicia de 6 meses

    --Defensa jurídica 3000€ y

    --Actos vandálicos al continente 3000€  

    ¿quién tiene que abonarlo?

    tan absurdo sería que el arrendatario pudiera ser el asegurado como que pudiera ser el tomador del seguro. Por ello, este tipo de seguro debe contratarlo la propia Paula.

    sobra decir que ppaula puede repercutir, si el mercado se lo permitir repercutir la prima del seguro en la renta a cobrar.

    karlangas.

    01. 10. 200.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Paula plantea distintas cuestiones que conviene puntualizar:

    Si alquila su vivienda no puede deducir como vivienda habitual, debería leer esto:

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2010/12/el-irpf-2011-y-los-alquileres.html

    Puede solicitar al inqulino un mes d efianza obligatoria y todo lo que le parezca oprtuno como fianza complementaria.

    Le sugiero lea esto: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/09/el-decalogo-del-casero.html

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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