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Anontio Miguel

casero/a

Tengo un vivienda alquilada desde el 15 de septiembre de 2008, la arrendataria solo ha trabajado durante unos meses en 2008
El Reglamento del IRPF establece que para que el arrendador pueda aplicar la reducción del 100 % del rendimiento del capital mobiliario, el arrendatario ha de ser menor de 35 años y obtener unos rendimientos del trabajo superiores al indicador publico de renta de efectos múltiples, ¿pero a que indicador se refiere, al diario, mensual, anual? En mi caso, los ingresos de la arrendataria no supera el IPREM anual, si bien en los meses del alquiler si ha obtenido rentas superiores al IPREM mensual, excepto en el mes de diciembre que no trabajó, ¿puedo aplicarme la reducción del 100%total o sólo en los meses trabajados. o no tengo derecho alguno a reducción?, ¿En el supuesto de tener derecho como le puedo pedir a la inquilina el certificado que exige el Reglamento, ha de especifiar los meses trabajados ?

Gracias.
  • Preguntado por: Anontio Miguel
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
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