Se puede desahuciar si esas cantidades corresponde pagarlas al inquilino por contrato y las está pagando el propietario.
Si es el segundo juicio de desahucio con los mismos arrendatarios no cabrá posibilidad de enervación de la renta y aunque paguen antes del juicio, la sentencia conllevará la resolución del contrato si usted lo exige.
Basta con que haya un recibo impagado, salvo que el contrato exija un número mayor.
El tiempo depende de la situación del juzgado; es impredecible.
A su disposición para lo que pueda necesitar,
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