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De las 4 habitaciones de mi piso que es mi residencia habitual tenía 3 habitaciones, ahora ya solo 2, alquiladas a chicos. El contrato que les hice a cada uno de ellos ponia claramente que era un contrato de alquiler no sujeto a la LAU. Todos viviamos en la misma vivienda. Cada uno de ellos me dió en depósito una mensualidad en concepto de fianza. Yo no he depositado esta fianza en el Incasol más que nada por desconocimiento de si debia hacerlo o no al no estar sujetos a la LAU los contratos de alquiler firmados con los chicos. Debí depositar la fianza recibida?
Domus muchas gracias por responderme. Tu respuesta me confirmó la que una persona del propio Incasol me dio por vía telefónica. Si el alquiler no esta sujeto a la LAU no hay que depositar la fianza. Estaba muy preocupado y se me ha quitado un peso de encima. Muchas gracias.
Entiendo que lo coherente es no ingresar esa fianza, pues según la propia información de la página web de Incasol, solo deben ingresarse las de arrendamientos sometidos a la LAU. Esta es su dirección: