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¿Se me puede demandar después de tres años por haber dejado a deber tres meses de alquiler?
Hola eron:
coincido con las respuestas anteriores.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Si se refiere a que hace 3 años q dejó el piso, aún asi le puede demandar.
pablo.
Buenos días,
Claro que pueden demandarlo, pues el impago de una sola mensualidad es causa de desahucio, independientemente del tiempo que lleve de alquiler.
Si necesita un asesoramiento más personalizado, puede consultar
El tiempo que lleve de alquiler en nada influye sobre la facultad del arrendador para acudir al Juzgado en caso de impago de los alquileres.
http://www.pedrohernandezabogado.com/
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