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Mi contrato es de 5 años, pero sólo es obligatoria la permanencia durante el primer año. El contrato empezó a regir el 1 de Agosto del 2010 con lo que podría irme en cualquier momento avisando con 30 días de antelación.
ya hace dos años y medio que estoy en el piso. Entonces, si el 10 de enero doy aviso de que dejo el piso y cuento 30 días, podría irme el 9 de febrero y pagar sólo esos 9 días de febrero, ¿Es correcto? ¿o tendría que pagar todo el mes de febrero?
biscuit Deberás avisar 30 días (como mínimo) del día uno
deberías Leerte el "decálogo del inquilino"de la pág. De Amparobb
Cierto, mejor pongo lo que dice el contrato exactamente:
1. El término de duración del presente contrato es de 5 años sin perjuicio del derecho del arrendatario a su prórroga, de conformidad al que dispone el artículo 9 y 10 de la Ley, y empezará a regir el día 1 de agosto de 2010. El arrendatario podrá rescindir el presente contrato unilateralmente en cualquier momento a partir de la finalización del primer año de su vigencia, avisando fehacientemente a la propiedad o al administrador con treinta días por adelantado.
Muchas gracias de antemano.
Lo de los 30 dias es mucho suponer.
que dice exactamente el contrato?
en el mejor de los casos te podrás marchar mes a mes; es decir el dia que firmaste el contrato. Si era dia 1, el 1; si era dia 10, el 10, etc.
la clave es lo que ponga en el contrato. Copianoslo.
pablo.