En princio estas cuestiones están reguladas en la ley de Arrendamientos Urbanos.
Si es vivienda habitual a los cinco años el propietario tiene derecho a recuperar la posesión de la vivienda.
Si es contrato de temporada, lo que se haya pactado en contrato siempre siendo inferior a un año.
Se aplican los pactos y acuerdos siempre que no vayan contra el ordenamiento jurídico.
http://alquilermaximaseguridad.blogspot.com/