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diamanloles

inquilino/a

Si me voy del piso antes del año, ¿se puede quedar con la fianza?
He alquilado un piso para 1 año por razones familiares me tengo que ir antes del año, he avisado a mi propietaria hace 1 mes y medio ahora me dice que por incumplimiento de contrato se queda con la fianza.
  • Preguntado por: diamanloles
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Juan ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • Juan

    profesional

    Estos problemas no existirían si antes o en el momento de la entrega de llaves se llegara a un acuerdo y se plasmara por escrito. A falta de ese documento, se supone que el desistimiento del arrendatario ha sido aceptado por el arrendador.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • tmateos

    casero/a

    Entonces yo debería quitar los carteles de "se alquila", pero si tu inquilino no te ha devuelto las llaves y sí te permite poner ese cartel?
    • Respondido por: tmateos
    • Hace 15 años
  • tmateos

    casero/a

    Parece que cada uno dice una cosa y que la ley no está muy clara. Yo soy propietaria y tuve que alquilar mi casa por necesidad. Mis inquilinos se fueron a los 4 meses (porque vieron otra casa + barata). Les dije que si se alquilaba en mes o mes y medio, les devolvía todo, de lo contrario ya hablaríamos. Desde luego ellos quieren su dinero pero yo tb el mío. Yo tengo un cartel porque ellos que decidan o me pagan los 8 meses restantes y pasado el año yo pongo el cartel de "se alquila" o solo los meses hasta que entra el nuevo inquilino.

    Quizás tus razones sean de fuerza mayor, los de estos míos no. Simplemente han visto una casa más barata y se van, pero sin embargo si a mí otros, me pagaban más dinero, no podía echarlo.

    Te puedo asegurar que si hubiera sido por fuerza mayor y si yo no hubiera alquilado por necesidad, no me quedo con la fianza, pero en esas condiciones, sí, pero dependerá del casero y de las circustancias.
    • Respondido por: tmateos
    • Hace 15 años
  • Juan

    profesional

    Solo se puede exigir la devolución de la fianza cuando el arrendatario no deja responsabilidades pendientes. La responsabilidad por un desistimiento unilateral del arrendatario queda limitada a las rentas dejadas de percibir por el arrendador, es decir, el tiempo que la vivienda permanezca vacía, aunque hay muchas sentencias que afirman que el mero hecho de poner de nuevo la vivienda en el mercado de alquiler supone un acto de disposición del arrendador que pone fin a la responsabilidad del arrendatario, por lo que, si éste decide dejar la vivienda, le interesa controlar los anuncios y guardar prueba de su posible aparición en el mercado.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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