¿Qué debemos hacer si nos queremos ir del piso en alquiler por fallos que no detectamos cuando lo visitamos la primera vez?
Hemos estado viendo un piso para alquilar y a primera vista estaba bien pero claro 10 minutos, hemos firmado el contrato por dos meses, al día siguiente nos hemos dado cuenta que la mayoría de los aparatos eléctricos y sanitarios no funcionan correctamente por lo que decidimos abandonar el piso que el día anterior habíamos firmado.
Estoy completamente con las diferentes versiones de los expertos, la mejor opción siempre es el pacto de común acuerdo entre las partes, por otro lado, siempre podéis mandar un bureau fax en el que ponéis de manifiesto las averías como pre-existentes a vuestra entrada, vicios ocultos que no fueron debidamente comprobados y que implican que el bien no se entrega en las condiciones de uso aparentes, dad un plazo prudente para la realización de las reparaciones y en caso contrario advertid de vuestra intención de exigir reparaciones asi como la rescisión unilateral del contrato.
Un cordial saludo
Jaime Feiner
PD: ojo, cuando se firma un contrato normalmente se sobre-entiende que se aceptan las condiciones en las que se encuentra el inmueble, asi que, llegado el caso, tienen donde agarrarse judicialmente.
¿Qué debéis hacer? Sacar conclusiones para la siguiente ocasión, no firmar contratos sin conocer suficientemente el objeto y finalmente, prepararse para perder la fianza entregada, que, junto con el mes de renta seguramente abonado, coincide con el cumplimiento íntegro del contrato. Hay una segunda opción, aunque en la pregunta parece descartada, que consiste en exigir al arrendador las reparaciones necesarias para que la vivienda sirva para el uso convenido (art. 21 o, en su caso, art. 30 de la LAU). Y aún una tercera, la mejor sin duda, encontrar un acuerdo amistoso que a todos deje contentos.
Todo depende del grado de mal funcionamiento de los electrodomésticos y sanitarios, lo normal es que haya pequeñas deficiencias que el mismo propietario se avenga a repararlas, con lo cual no tenéis porqué resolver el contrato. Si por el contrario se trata de vicios ocultos de gran entidad que impida la mínima habitabilidad del piso, o que se nieguen a realizar las reparaciones necesarias, podéis resolver al amparo del 27.3 de la LAU con derecho a recuperar las fianzas depositadas.
Yo tal vez, de vosotros, llamaría a un Notario y que fuese a la vivienda y que levantara acta notarial del embolado que el "listo" del propietario os quiere cargar , despues , sencillamente no le pagaría los dos meses firmados y si le apetece , en el Juzgado nos veremos, y punto pelota .- las observaciones de Xavi como propietario están fuera de lugar.
Y en cuanto a las observaciones del sr. Pholmo , con todos mis respetos ante su profesionalidad , que me consta , le diré que toda la retórica de legislación que aporta está bien, pero no es real , osease en la vida normal y cotidiana, lo que en el papel queda como muy de Derecho, en la práctica es picar agua en un mortero . Dice " los contratos están para cumplirlos " estoy conforme , pero por la dos partes, tanto Arrendador como Arrendatario , me explico: el arrendatario tiene la obligación de cumplir lo que acepta mediante una firma en un documento que le obliga, pero el Arrendador también tiene que cumplir su parte, si saca una vivienda amueblada y equipada, al mercado de alquiler, que esté en condiciones para ello, porque sino lo está, el es el primero que está incumpliendo el contrato, por lo tanto puestos a incumpli, pues incumplimos todos . Por lo que si te he firmado un contrato para dos meses y la vivienda no está en condiciones, te dejo la vivienda. Un saludo
Mi respuesta es que la culpa la teneis vosotros, al no cercioraros del buen estado de los aparatos, no sé a que aparatos os referis exactamente pero en un piso el principal es la caldera o calentador que pudiera haber, todos los otros como electrodomésticos por norma os recomiendo que los eviteis o no los acepteis porque a la corta o a la larga siempre traen problemas, traed siempre los vuestros. Os diré que si el contrato es de 2 meses y os vais perdereis la fianza o garantía, no pudiendo reclamar nada ya que habeis firmado un contrato y en este seguro que hay una cláusula en la que se indica el buen estado del piso y de sus accesorios.
Política de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas).
Clica aquí para más información.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón 'Aceptar' o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón 'Configurar'.
Hemos detectado que tu idioma es el Español. ¿Deseas ver Enalquiler en este idioma? Ir a Enalquiler en EspañolWe have detected that your language is English. Do you wish see Enalquiler in this language? See Enalquiler in EnglishAbbiamo constatato che la tua lingua è l'Italiano. Vuoi vedere Enalquiler in questa lingua? Vai a Enalquiler in ItalianoWir haben bemerkt, dass Ihre Sprache Deutsch ist. Wollen Sie Enalquiler in dieser Sprache zu sehen? Besuchen Sie Enalquiler auf DeutschNous avons détecté que votre langue est le Français. Est-ce que vous voulez afficher Enalquiler dans cette langue? Afficher Enalquiler en FrançaisDetectamos que seu idioma é o Português. Quer ver Enalquiler nesta língua? Ir para Enalquiler em Português