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Santiaguero

casero/a

Como dejar expresado en el final de contrato que se debe luz y agua y se retiene la fianza por ello

Buenos días y gracias de antemano.

Es la primera vez que he alquilado el piso a una señora, la cual el día 30 de Diciembre tiene fecha para dejar el alquiler porque asi hemos llegado al acuerdo.

Hasta aquí ningún problema, salvo que a fecha de 30 de Diciembre quedarán la parte proporcional de facturas de luz y agua que están por venir.

He llamado a las dos compañías, tanto de luz y agua y me indican que las siguientes facturas con el consumo hasta la fecha vendran a mediados de Enero, por lo cual necesitaría saber como puedo expresar esto en el documento de fín de contrato para dejar expecificado que hasta que no se pague el consumo de luz y agua hasta el día 30 de Enero no devuelvo la parte proporcional de la fianza, es decir, desontanto el consumo de agua y luz hasta el día 30.

y otra cuestión ... como devulvo esa fianza...en efectivo y con finiquito mostrando las facturas?

Muchas gracias.

 

  • Preguntado por: Santiaguero
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • Santiaguero

    casero/a

    Muchísimas gracias, ha sido de gran ayuda.

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Con la factura de la luz, como tendréis que hacer un cambio de titularidad sí que te puede emitir dos facturas, porque una es hasta el momento del cambio de titularidad y otra a partir del momento en que Ud. sea nuevamente titular.

    Lo mejor es llamar delante del inquilino.

    Si no quieren esperar tanto tiempo, la mejor opción para mi siempre es la 3), se hace una media de los consumos de los últimos meses y con eso se liquida.

    La devolución de la fianza siempre debe documentarse por escrito, en el acuerdo de terminación. lo suyo es que acuda a un abogado para que se lo redacte.

    En cuanto al medio de pago, siempre que sea inferior a 2.500 € puede hacerlo en metálico, pero es algo que deben acordar entre ambas partes.

    La documentación por escrito, siempre, tanto de la devolución como, en su caso, de las retenciones.

    Un saludo,

    www.desalvador.es

  • Santiaguero

    casero/a

    La factura de la luz esta a su nombre, ella es la titular y el agua lo tengo yo a nombre y la cuenta bancaria a ella, pero los recibos vienen a dos meses vencidos, por lo que hasta febrero no vendrá el consumo hasta el final de contrato. (Jaleo por tanto tiempo)

    Llamé a compañía de la luz y me dijeron que no podía emitir dos facturas distintas, que lo unico de la lectura de contador hasta ese día y ellos me facilitan una aproximación de consumo.

    Debo llamar delante de la inquilina?

    y la devolución de la fianza debo de realizarla mejor en metalico y con firma de recibí, verdad?

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días,

    ¿¿Como están organizados los suministros?? ¿¿Ella es la titular del contrato, la pagadora o simplemente recibe Ud. las facturas y se las pasa a ella??

    En todo caso tiene que señalar en el acuerdo que están pendientes los importes de los suministros y, a partir de ahí, tiene 3 opciones:

    1) Retener todo o parte de la fianza hasta que que lleguen las facturas, y devolver el sobrante.

    2) Si el arrendatario tiene los suministros a su nombre, o es el pagador, en el momento de terminación del contrato, llamar a las compañías, dar la lectura del contador y pedir que se emitan facturas distintas.

    3) Hacer un cálculo del importe de las facturas (media de los últimos 4 o 5 meses, por ejemplo), y llegar a un acuerdo diciendo que ese es el importe cerrado. Así se consigue no tener que liquidar. Puede que gane algo (si las facturas son por importe menor) o que pierda algo (si son por importe mayor), pero es mucho más cómodo porque no hay que hacer nada después.

    Un saludo,

    www.desalvador.es

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