Aunque ya he resuelto mis dudas en la comunidad en otras ocasiones, es la primera vez que me animo a escribir.
Tengo un inquilino (S.L.) en un local comercial que no me paga desde hace dos meses. Ya se lo he requerido por burofax hace un mes y voy a presentar la demanda de desahucio.
En el contrato figura que tenía que poner los suministros a su nombre en el plazo de un mes, cosa que no ha hecho, por lo que yo estoy pagando los recibos. Le requerido que cambiara la titularidad del suministro y me pagara los recibos tanto por correo electrónico (que me ha respondido) como en el burofax.
Como parece que no tiene intención de hacerlo, estoy en la perspectiva de esperar todo el trámite del desahucio, que me han dicho que puede durar 5 o 6 meses, pagando recibos de 500¬ o más al mes, lo que sumará una cantidad considerable. Además, al ser una S.L. con toda probabilidad se disolverá cuando la desahucien y no podré recuperar ni un céntimo.
Ya sé que no puedo pedir a la compañía que corte el suministro, porque me podría acusar de un delito de coacciones. Mi pregunta es si puedo dejar de pagar los recibos para que la compañía, si lo considera conveniente, le corte el suministro por impago. Él ya recibe las facturas de la compañía en el local y seguramente recibirá avisos de que le van a cortar el suministro.
Soy consciente de que, cuando lo desahucien, yo tendré que pagar la deuda que haya y la nueva alta, pero eso no me preocupa. Tampoco me preocupa que él decida dar el suministro de alta por su cuenta, porque entonces tendría que pagar la deuda (que es lo que quiero).
¿Me puede perjudicar de alguna manera dejar de pagarle los recibos? Lo que pretendo evitar es pagar 3000¬ o más en recibos de luz, más gastos del deahucio, más posibles desperfectos vandálicos, etc.
Muchas gracias y un saludo, CZa
Preguntado por:
CZa
Hace 6 años
Categoría: Caseros
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
CZa
casero/a
Muchas gracias PHOLMO. Voy hacer lo que me sugiere. Un saludo, CZa
Comunique a la compañía suministradora que debe cobrar los consumos a esa SL y remitale copia de ese escrito a la arrendataria, indicándole que debe de cumplir lo estipulado en el contrato so pena de quedarse sin suministro porque usted no va a pagar consumos que no le corresponden.
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