Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
tengo un apartamento en el que el inquilino paga cuando quiere, debe parte de mensualidades de hace tiempo y 2 meses de retraso, siempre da largas y mas largas y las fechas de pago las pretende marcar el, (dentro de un mes, cuando cobre un dinero etc...) mi paciencia se está acabando y le he enviado un burofax con fecha límite para ponerse al día y pagar el mes en curso si no iniciaré el deshacio. Mi pregunta es que si pasada dicha fecha no se ha puesto al día e inicio el deshacio, si el hace algún ingreso mientras ¿debo cogerlo o devolverlo? he oído que no hay que cogerlo, pero entonces que pasa, sigo perdiendo dinero hasta que le eche un juez, teniendo en cuenta lo que se tarda puede ser un problema económico muy grande para mi, ¿luego se le puede reclamar lo que he perdido? por que ese tópico de que me conforme con que se valla simplemente no me parece lógico ya que la deuda que podría dejarme sería cercana a los 8.000 € si tardan de 6 a 8 meses en echarle.
Sr. Piscis tres, los juicios de desahucio son de por si lentos si ponemos en manos del inquilino instrumentos para ralentizarlos o incluso ganarlos estamos cometiendo una temeridad.
La explicación de todo esto es prolija, al menos para mí, en este reducido espacio, por ello me tengo que limitar a lo ya dicho desde el momento en que se inicia un juico desahucio por falta de pago el casero debe negarse a cualquier trato con su inquilino, remitiéndolo a su Abogado.
D. Pedro. pregunto, si el arrendador pesenta una demanda de desahucio por falta de pago por rentas atrasadas y durante el proceso el arrendatario paga parte del total de la deuda en la cuenta designada por el arrendador y no llega nunca a ponerse al día, ya que los meses siguientes van venciendo, ¿ puede perder el juicio?
Lo del burofax me parece un gasto inutil. lea este enlace, si decide acudir al Juzgado su abogado le recomendará lo que debe hacer que desde luego no es admitir pagos miemtras el juicio está pendiente, se expone a perder el juicio y que lo condenen en costas.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
Ud le hará el desahucio por lo que adeuda mas las rentas que se vayan devengando,por tanto, los meses hasta el juicio tambien los tiene que pagar y así hasta que recupere el piso por mediación del juzgado, por tanto vaya cobrando lo que pueda del inquilino, todo eso ya obrará en su poder y al final una vez haya recuperado su vivienda seguirá el inquilino pendiente de la deuda que reste por pagar