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Colomar

casero/a

¿Debo pagar al inquilino por las molestias o se tiene que ir si ya se lo he comunicado?

Alquilé mi casa por 3 meses a un hombre pues era casi seguro que me iba a ir a otra zona de España. Por si acaso, en el contrato de alquiler puse la cláusula del artículo 9 para recuperar la casa en caso de quedar en la calle. Al poco de alquilarle mi casa la otra persona anula la permuta entre nosotros y yo quedé en una habitación alquilada.

Por burofax le comuniqué al inquilino que habia quedado sin casa y que según la cláusula le daba 2 de preaviso y, por las posibles molestias, le regalaba un mes de alquiler a parte para recuperar mi vivienda. El inquilino dice negarse, que debo indemnizarle y que puedo hacer dos cosas; bien pleitearle o bien pagarle mil euros (según él por molestias e inversiones en la casa) y el abandona la vivienda.

Mi abogado dice que no debo indemnizar al inquilino por nada pues el contrato era por 3 meses, que por eso esté tranquilo. Que lo peor que puede pasar es que el juez dictamine que el inquilino puede quedarse en la casa hasta un máximo de 5 años. Es cierto que no estoy obligado a pagar-indemnizar al inquilino por las molestias?

Que me aconsejais, hacer caso del abogado o pagar, a parte, al inquilino para que se vaya?

  • Preguntado por: Colomar
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Indudablemente su abogado tiene mas datos a la hora de opinar, yo solamente puedo recordar que 'Mas vale un mal arreglo que un buen pleito' y preguntarle si ha indagado la solvencia de su inquilino, cuestión fundamental antes de metese en un pleito que no sabe si va a ser bueno o malo.

    para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Yo haría caso al abogado, ya que siendo un profesional lo normal es que le aconseje bien.

    Además a falta de ver el contrato, si es tal y como usted lo relata, siempre y cuando sea para usted ocupar la vivienda, no creo ni que le obligen a esperar esos cinco años, con dos meses de preaviso, y regalandole (por su buena voluntad, no por que sea obligatorio) un mes, yo creo que tiene las de ganar, pero insisto mi opinión no tiene ningún valor comparada con la de un profesional.

    Suerte

    Oscar

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