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Tengo un local destinado a hosteleria, en el cual los inquilinos llevan varios meses pagando con retrasos y actualmente me deben los dos últimos meses. Con la ley de deshaucio expres, a partir en que momento puedo presentar la demanda de desahucio, ya que un profesional me ha comentado que tenemos de mandar un burofax, dando tiempo para el pago de la deuda, y posteriormente, si no se cumple, tenemos de esperar 4 meses desde la no respuesta del burofax. No obstante miro por internet y veo que la demanda se puede presentar a partir del primer mes. Gracias de antemano
Muchas gracias a todos por su opinión y ayuda.
En vista de lo expuesto y de sus explicaciones, me entreviste con el abogado que tenía contratado y me reconocio su error.
Por tal motivo he decidido cambiar de abogado y presentar con urgencia la demanda de deshaucio, así como reclamar las cantidades adeudadas, aunque tengo a la vuelta de la esquina el mes de agosto, situación que me retrasará aún más la solución a este problema.
Mi desgracia a todo esto, es que por error del abogado, he perdido 6 meses de tiempo y de ingresos.
Nuevamente daros las gracias por vuestra ayuda.
Saludos
Hola David:
Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura del siguiente enlace:
reciba un cordial saludo.
desde el primer mes, ni burofax ni nada, el burofax es un gasto y un retraso mas, ya tenía que haberla puesto, cuente de seis a siete meses para resolver si coge un profesional contando desde que la pone, con su abogado actual tiene un problema.
Totalmente de acuerdo con las anteriores respuestas.
El profesional que le ha dado esainformación tan errónea será profesional de la hostelería desde luego no jurídico, debe presentar la demanda ya, ni siquieraenviar un burofax previo, con el mes de agosto en puertas va a tardar en resolver ese problema.
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Si, debe de presentar la demanda a partir del primer mes que dejan de pagarle.