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Me piden hacer un contrato por muy pero que muy larga duración y yo no sé si hay un tope máximo de años en los que puedo alquilar mi casa.
José Garcia Romo la duración de un alquiler juntamente con la'cuantía de la renta son las dos cuestiones primordiales a la hora de negociar entre casero e inquilino.
En este momento y con la normativa vigente si lo que desea es asegurarse una larga permanencia del inquilino disuadiendo lo de su facultad de dar por terminado el contrato a los seis meses, la única forma es pactando una larga duración, por ejemplo 10 años con la cláusula de penalización legal, en un alquiler de 1.000€, la indemnizacion a pagar no seria en absoluto pequeña.
Por otra parte puede pactar una cláusula de revalorización que le permita mantener en lo posible el poder adquisitivo de ese alquiler durante toda su vigencia, hoy hay libertad de pactos en esa materia.
Por ultimo hay que decir que no es que sea nula una duración indefinida del alquiler mas bien es absurdo, figurese que se pusiera también renta indefinida, lo que ocurre es que la ley tiene prevista una duración mínima del alquiler de vivienda de tres años para el casero y seis meses para el inquilino.
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1.- yo desaconsejo enormemente los contratos de alquiler de larga duración. Las ventajas son sólo para el inquilino que a la postre puede irse cuando quiera pagando una indemnización más o menos "pequeña", cuando el casero no tiene más remedio que respetar la duración de dicho contrato. Si por mala suerte los alquileres suben más que el IPC o la fórmula de actualización que se establezca, el casero perderá dinero.
2.- En cuanto a la posiblidad de celebrar contratos con duración indefinida, tenga en cuenta que según la Jurisprudencia mayoritaria se trataría de una cláusula nula, con los problemas que ello conlleva para ambas partes, si bien en este caso le favorecería a Ud, porque al ser nula la duración el contrato de arrendamiento grosso modo duraría como mucho 3 años que es el plazo máximo legal que marca la LAU.
Gracias por vuestras respuestas, por supuesto que iré al abogado antes de hacer nada.
Buenas tardes, José
En principio se puede hacer el contrato de larga duración, sin que haya una limitación temporal (más allá de la propia vida de las personas en caso de que sean personas físicas).
En todo caso, te aconsejo que no firmes un arrendamiento a muy largo plazo sin contar con el previo asesoramiento de un abogado experto para que te incluya posibilidades de resolver tu el contrato... de lo contrario, te verás con que no vas a poder recuperar tu casa en la vida.
Un saludo,
Si quieres alquilas la vivienda por quinientos años, siempre que creas que la casa los puede resistir, pero un contrato de de 10, 20 o 30 años, se puede hacer, pese a considerarlo, según los casos, no muy aconsejable y si te decides, en todo momento bajo el asesoramiento de un experto abogado y con las debidas cautelas, garántias y actualización de la renta.
Si les pones contrato indefinido, les puede gustar mucho, pero se llevarán un chasco.